SON FUNCIONES DEL ICCU - Para el cumplimiento de sus objetivos,
1. Programar la ejecución de los proyectos con participación de capital privado en infraestructura a cargo del Departamento que hayan sido previamente identificados por la Secretaria Departamental de Transporte y Movilidad.
2. Identificar, proponer y estructurar en forma integral distintas modalidades e iniciativas de vinculación del capital privado para el desarrollo de la infraestructura de transporte y de los servicios conexos o relacionados, para ser considerados e incluidos cuando sea del caso por la Secretaría de Transporte y Movilidad en los planes, programas y estrategias del sector.
3. Estudiar la viabilidad y proponer esquemas de participación del capital privado de acuerdo con las políticas fijadas por la Secretaría de Transporte y Movilidad del Departamento.
4. Unificar los procedimientos de evaluación, preparación de estudios, pliegos, negociación y en general la estructuración de Concesiones.
5. Ejecutar obras de desarrollo tales como apertura, ampliación, rectificación y pavimentación de vías públicas, construcción de puentes, plazas cívicas. plazoletas, aparcaderos, parques y zonas verdes con sus instalaciones, servicios y obras complementarias.
6. Ejecutar obras de renovación urbana: conservación, habilitación, amoblamiento, remodelación.
7. Construir edificios e instalaciones para servicios comunales, administrativos, de higiene, de educación y culturales.
8. Programar y ejecutar los planes y proyectos de rehabilitación y mantenimiento de infraestructura vial.
9. Ejecutar obras relacionadas con los programas de transporte masivo.
10. Ejecutar obras de desarrollo urbano, dentro de programas de otras Entidades públicas o privadas, o colaborar en su ejecución o financiación.
11. Realizar directa o indirectamente la estructuración técnica, legal y financiera de los proyectos de participación de capital privado a su cargo, con base en los lineamientos y políticas fijadas por la Secretaría Departamental de Transporte y Movilidad y los planes y programas adoptados.
12. Adelantar los procesos de expropiación administrativa o instaurar las acciones judiciales para la expropiación, cuando no sea posible la enajenación voluntaria de los inmuebles requeridos para la ejecución de los proyectos a su cargo.
13. Elaborar los estudios y adelantar las acciones necesarias para recopilar la información de carácter predial, ambiental y social requerida para una efectiva gestión de los proyectos a su cargo.
14. Elaborar los estudios requeridos para definir los peajes, tasas, tarifas, contribución de valorización en los proyectos a su cargo y otras modalidades de financiación a cobrar por el uso o para la construcción, mantenimiento o rehabilitación de la infraestructura del sector transporte.
15. Realizar todas las operaciones de administración propias del sistema de valorización a causa de obras de interés público o de servicios públicos, ya construidas, en construcción o que se construyan por el Instituto o por cualquiera otra Entidad o dependencia del Departamento o por obras que ejecuten otras Entidades públicas, cuando el crédito sea cedido al Departamento o al Instituto o cualquiera de estos sea delegado para su cobro.
16. Coordinar la obtención de licencias y permisos, la negociación y la adquisición de predios y la realización de las gestiones requeridas para el desarrollo del respectivo proyecto.
17. Obtener recursos de crédito para la financiación de sus programas y obras propios.
18. Celebrar los contratos que requiera la administración de los Fondos Rotatorios que se lleguen a crear a su cargo y que sean necesarios para el cumplimiento de los fines específicas de éstos, gravar los bienes adscritos a cada fondo y pignorar total o parcialmente sus respectivos patrimonios o rentas y el producto de los gravámenes en garantía de operaciones de crédito para la realización de las obras que causen contribuciones.
19. En general, celebrar toda clase de negocios jurídicos, de administración, disposición, gravamen o compromiso de sus bienes o rentas, dentro de la órbita de sus funciones.
20. Estructurar los contratos convenios relacionados con los proyectos a su cargo y realizar todos los actos necesarios para llevar a cabo los procesos de contratación.
21. Supervisar, evaluar y controlar el cumplimiento de la normatividad técnica en los proyectos a su cargo.
22. Supervisar el cumplimiento de los compromisos de inversión establecidos en los contratos a su cargo.
23. Realizar la medición de las variables requeridas en cada proyecto para verificar el cumplimiento de los niveles de servicio y demás obligaciones establecidas en los contratos.
24. Hacer seguimiento al desarrollo de los proyectos de vinculación de capital privado en infraestructura de transporte y, en caso de incumplimiento de cualquier obligación, adoptar de acuerdo con la Ley las acciones necesarias.
25. Imponer las multas y demás sanciones establecidas en los contratos y en la Ley, en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en los mismos