El Instituto de Caminos y Construcciones de Cundinamarca - ICCU, pone a disposición la siguiente sección para informar a la ciudadanía y grupos de interés información relevante.
El Instituto de Caminos y Construcciones de Cundinamarca - ICCU, pone a disposición la siguiente sección para informar a la ciudadanía y grupos de interés información relevante.
Por medio de la cual se realiza una convocatoria a Entidades Estatales para la enajenación a titulo gratuito del vehiculo de placas ODR 521
Que mediante Decreto Ordenanza! No.261 del 2008, se creó el Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca, "ICCU", como un establecimiento público del sector descentralizado del orden departamental, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente, adscrito a la Secretaria de Transporte y Movilidad.
Que el Decreto 1082 de 2015, en el artículo 2.2.1.2.2.4.3, reglamenta el procedimiento para la enajenación de bienes muebles a título gratuito entre entidades públicas.
Que el artículo 24 de la Resolución ICCU No. 080 del 24 de febrero de 2016 establece:
"(..)Únicamente se podrán donar los bienes muebles dados de baja a otras entidades públicas, prioritariamente a los municipios y departamentos con base en la recomendación del Comité Evaluador de Bajas y en el Acto Administrativo que así lo ordene, teniendo en cuenta las normas especiales que rigen la m¡Jteria y las que espec/ficamente estén contemdas en el código civil."
Que el 10 de septiembre de 2024, se realizó el Comité de Sostenibilidad Contable No. 1 del Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca -ICCU, en el cual el mencionado comité decidió dar de baja el vehículo Chevrolet Captiva Sport, modelo 2014 de placa ODR 521 y determinó que "( ... ) su destinación final puede ser la entrega en donación a un municipio o la subasta. "
Que de conformidad con lo determinado por el Comité de Sostenibilidad Contable, se realizará la enajenación del vehículo de placa ODR 521 a título gratuito para entidades estatales, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015
Atención requerimiento Radicado ICCU- 2025002283 “Corredor La Calera – Mundo Nuevo”
Teniendo en cuenta el requerimiento del asunto, nos permitimos informar que el corredor que comunica al municipio de La Calera - Mundo Nuevo - Choachí cuenta con una longitud aproximada de 45 km; A lo cual, informamos que una vez revisada la resolución 263 del 2018 "Por la cual se expide la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional correspondientes al Departamento de Cundinamarca." se encuentra el tramóque obedece al Código No. 40CN06-2- Vía (El Pencil - Vereda La Herrera) de Categoría Tercer Orden a cargo del Departamento de Cundinamarca - ICCU con una longitud aproximada de 24 km, en condiciones de transitabilidad.
Fecha de Publicacion:Atención requerimiento Radicado ICCU- 2025002910 “Mejoramiento de Senderos Peatonales”
De acuerdo con el oficio que usted radicó ante el despacho del señor gobernador sobre el asunto de referencia, y que fue trasladado por competencia al ICCU, nos permitimos responder lo siguiente:
Mejoramiento del sendero peatonal de la vía principal nacional.
Para el financiamiento de este proyecto con recursos Departamentales, el municipio debe tener en cuenta lo siguiente:
Finalmente, cabe mencionar que el Instituto de Caminos y Construcciones de Cundinamarca – ICCU, continuará atento a las diferentes solicitudes radicadas, con el fin de darles respuesta a las mismas.
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