Comunicación a terceros cancelación Registro Público de Carrera Administrativa (RPCA)
Asunto: Cancelación registro público de carrera administrativa
Referencia:
Solicitud cancelación en el registro público de carrera administrativa
En mérito de los razonamientos que proceden, dando cumplimiento al establecido en el inciso primero del artículo 37 de la ley 1437 de 2011, que indican ''la comunicación se remitirá a la dirección o correo electrónico que se conozca si no hay otro medio más eficaz. De no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados, la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicaetón nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, habida cuenta de las condiciones de los posibles interesados. De tales actuaciones se dejará constancia escrita en el expediente': se publicará la presente, en la página web https://www.iccu.qov.co/atencion-y-servicio-a-la-ciudadania/informacion-deinteres/comunicacion-terceros-rpca. para que dentro de los cinco (5) días siguientes puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos.
La intervención puede ser radicada a través del siguiente correo electrónico: contactenosiccu@cundinamarca.gov.co del Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca.
Fecha de Publicacion:10 sept. 2024
Fecha de Desfijación:
18 sept. 2024